Para realizar la habilitación es necesaria la intervención de dos profesionales:
Documentación Técnica (Arquitecto, M.M.O., Agrimensor o Ingeniero)Para la obtención de la habilitación, el interesado deberá recurrir a un profesional técnico de la construcción.
El profesional técnico que lo asesore será el responsable de inspeccionar personalmente el local, a los fines de verificar que el mismo reúna la totalidad de los requisitos urbanísticos y constructivos exigidos en la normativa vigente." Posteriormente confeccionará la documentación técnica necesaria, que tendrá carácter de declaración jurada, la cual, una vez suscripta por el interesado, será rubricada por el Consejo Profesional respectivo.
Documentación Notarial (Escribano) Una vez confeccionada la documentación técnica, el Escribano Público de la Ciudad de Buenos Aires, deberá elevar a escritura pública la solicitud de habilitación, certificando en dicho acto la inscripción en el impuesto a los Ingresos Brutos del solicitante, inscripción ante la AFIP, el instrumento que le otorgue el derecho a ocupar legítimamente el local (contrato de locación, título de propiedad, etc.) y demás recaudos legales establecidos en la actual reglamentación de habilitaciones (Decreto 93/SSEGU/2006).