Estudio de Arquitectura especializado en Habilitaciones Comerciales.

Locales, Industrias, Depósitos, Certificado de Impacto ambiental, Consultas de localización, etc.

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DOCUMENTACION NECESARIA PARA HACER LA HABILITACION

1.- Inscripción en la A.F.I.P. (Número de CUIT).
2.- Inscripción en el impuesto a los Ingresos Brutos y constancia del último pago efectuado.
3.- Acreditar su derecho a la ocupación del inmueble con a) título de propiedad; b) contrato de locación; c) contrato de comodato; d) cesión de uso; e) boleto de compraventa con posesión. Las firmas de las partes deben estar certificadas ante escribano público y con su correspondiente pago del impuesto de sellos del contrato.
Debe estar bien claro el tipo de actividad comercial que se va a desarrollar en el local. Toda la documentación debe estar a nombre de la misma persona sea física o jurídica.
4.- Reglamento de copropiedad. (de corresponder)
5.- Último comprobante de ABL pago.
6.- En caso de estar el local en galería, copia certificada por escribano público de habilitación de galería o copia certificada de plano de la galería. 
Tipo de Titular
Unipersonal: (Titular)
Documento nacional de identidad. En el caso de extranjeros que no dispusieran del mismo, Permiso de Residencia Precaria vigente hasta después de la presentación del trámite de habilitación.
Sociedades de hecho:
Documentación nacional de identidad de cada socio y su CUIT, además del CUIT de la Sociedad y la inscripción en ingresos brutos de la sociedad y su último pago.
Sociedades de Responsabilidad Limitada:
Contrato social inscripto y CUIT de la Sociedad e inscripción en ingresos brutos de la sociedad y su último pago. En caso de actuar un apoderado, poder con facultades suficientes para actuar ante el Gobierno de la Ciudad.
Sociedades Anónimas:
Contrato social y sus modificaciones y CUIT de la Sociedad y la inscripción en ingresos brutos de la misma con su último pago. Actas de Asamblea donde se designen autoridades y se distribuyan los cargos. Acta donde se resuelva habilitar el inmueble.
Sociedades en comandita:
Contrato social y sus modificaciones y CUIT de la Sociedad y la inscripción en ingresos brutos de la misma y su último pago.

TIPOS DE HABILITACIONES

a.- Simple Estas habilitaciones, que no requieren de una inspección previa para comenzar a funcionar, permiten al solicitante iniciar sus actividades en el día, con la entrega de la documentación detallada en la presentada en la presente guía.
Tiempo estimado del tramite Simple: 7 a 10 días.

b.- Simple con Plano Idem simples. Para este tipo de Habilitación Simple es necesario presentar un plano del local.
Tiempo estimado del tramite Simple con Plano: 9 a 15 días.

Una vez recibida la documentación, el contenido de la misma es analizado por personal de la Dirección General de Habilitaciones y Permisos y se obtiene el Certificado de Habilitación Provisorio.
A partir de este proceso, pueden surgir observaciones que deberán ser subsanadas. Una vez validada la documentación, se emite el Certificado de Habilitación definitivo y se entrega el Libro de Inspecciones.

c.-
Inspección Previa Estas habilitaciones requieren de la inspección de las instalaciones del local previo a la entrega de la habilitación.
Si la actividad se ajusta a las exigencias reglamentarias vigentes y los planos del local responden a los hechos observados en el lugar, se hace entrega del Certificado de Habilitación definitivo, el Libro de Inspecciones (el mismo deberá ser provisto por el solicitante) y la Oblea de Fiscalización.
Si las condiciones de higiene y seguridad observadas y demás exigencias reglamentarias no fueran satisfactorias, pero pueden ser corregidas, se intima al titular a realizar las mejoras fijando un plazo razonable. Cumplido el objeto de las intimaciones, se procede a la entrega de la documentación de habilitación. No cumplidas la totalidad de las mejoras y requisitos exigidos en el plazo fijado, o si las mismas no fueran subsanables, se procede a la denegatoria de la solicitud de habilitación.

Si la habilitación requiere inspección previa NO podrá funcionar ni librar validamente actividad al público concurrente, hasta tanto obtenga la correspondiente habilitación.

Este tipo de Habilitaciones puede requerir documentación adicional para servicios especiales como sanidad, educación, alojamiento, entretenimientos y otros que no han sido incluidos en esta primera versión de la Guía Personalizada.
Tiempo estimado del tramite con Inspección Previa: 9 a 15 días + 30 días hasta que Personal de la municipalidad inspeccione el local.

IMPACTO AMBIENTAL - LEY 123

Sin Relevante Efecto: Se realiza un certificado por profesional interviniente que la actividad es sin relevante efecto para el Régimen de Impacto Ambiental.

Sujeto a Categorización / Con relevante efecto: Se deberá solicitar a la Agencia de Protección Ambiental la categorización de la actividad para el Régimen de Impacto Ambiental. Tiempo estimado de este tramite: de 15 a 120 días (dependiendo la actividad)

INTERVENCION DE PROFESIONALES

Para realizar la habilitación es necesaria la intervención de dos profesionales:   

Documentación Técnica (Arquitecto, M.M.O., Agrimensor o Ingeniero)Para la obtención de la habilitación, el interesado deberá recurrir a un profesional técnico de la construcción.
El profesional técnico que lo asesore será el responsable de inspeccionar personalmente el local, a los fines de verificar que el mismo reúna la totalidad de los requisitos urbanísticos y constructivos exigidos en la normativa vigente."
Posteriormente confeccionará la documentación técnica necesaria, que tendrá carácter de declaración jurada, la cual, una vez suscripta por el interesado, será rubricada por el Consejo Profesional respectivo.

Documentación Notarial (Escribano) Una vez confeccionada la documentación técnica, el Escribano Público de la Ciudad de Buenos Aires, deberá elevar a escritura pública la solicitud de habilitación, certificando en dicho acto la inscripción en el impuesto a los Ingresos Brutos del solicitante, inscripción ante la AFIP, el instrumento que le otorgue el derecho a ocupar legítimamente el local (contrato de locación, título de propiedad, etc.) y demás recaudos legales establecidos en la actual reglamentación de habilitaciones (Decreto 93/SSEGU/2006).

REQUISITOS GENERALES PARA TODOS LOS ESTABLECIMIENTOS

REQUISITOS GENERALES PARA TODOS LOS LOCALES.
En todos los locales sujetos a habilitación que no cuentan con servicio de sanidad, deberá poseerse un botiquín de primeros auxilios, el que tendrá los siguientes elementos:
  1. 1 frasco conteniendo alcohol (500 cm3).
  2. 1 frasco conteniendo iodo débil FNA (iodo 2 % p/v en alcohol 50 %) 200 cm3
  3. 1 frasco conteniendo agua oxigenada (200 cm3).
  4. Venda de Cambric de 5 cm. de ancho (4 unidades).
  5. 1 envase Nº 2 conteniendo gasa hidrófila de 10 x10 (esterilizada).
  6. 1 envase conteniendo algodón hidrófilo (esterilizado).
  7. 2 rollos conteniendo tela adhesiva.
  8. Guantes de cirugía confeccionados con material descartable (látex, plástico o similar).
La Dirección podrá exigir mayores elementos en los casos en que la actividad genere riesgos específicos.

En los servicios de salubridad para el personal y público se mantendrá un equipo de higienización consistente en jabón, toalla de papel y papel higiénico y un cesto de material plástico o metal inoxidable para depósito de elementos inutilizados. Queda terminantemente prohibido el uso común de toallas de tela, pudiendo utilizarse equipos de secado aprobados o servilletas de papel desechable.

En los establecimientos en que se preste servicio de salubridad al público deberán extremarse las medidas necesarias para el mantenimiento de un perfecto estado de aseo de los locales destinados a estos servicios y deberán poseer en sus puertas de acceso una placa identificatoria en sistema Braile o silueta en relieve de fácil identificación, que determine el carácter del mismo.
Los establecimientos que conforme con las disposiciones del Código de la Edificación cuenten con más de cinco (5) retretes deberán destacar personal permanente para estos efectos.
Las cañerías, revestimientos, pisos, etc., deberán mantenerse en perfecto estado de conservación y funcionamiento.

OTROS REQUISITOS
  • Medios de salida sin obstrucciones ni reducciones
  • Señalización medios de salida
  • Instalacion electrica ( 220 V / 380 V ) protegida con materiales aistlantes y de cualquier contacto casual
  • Disyuntores diferenciales
  • Tapa protectora en tablero eléctrico

  • Inexistencia de instalaciones en conductos de ventilacion

    SOLICITE REQUISITOS PARTICULARES PARA SU ACTIVIDAD / RUBRO ESPECIFICO

  • Luces de emergencia

  • Matafuegos ( Un matafuego por cada 200 m2 y/o uno por piso)
  • PRESENTACION DEL TRAMITE

    Con el testimonio que expida el Escribano y el resto de la documentación técnica, se presenta ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires:

    - Escritura Pública (primera copia y su fotocopia certificada)
    - Documentación técnica
    - Impresión de la constancia de inicio on-line del trámite

    LEY TARIFARIA 2014 - IMPUESTOS MUNICIPALES HABILITACIONES

    • Hab. con Dec. Jurada Sup. menor a 100m2           $   800,00
    • Hab. con Dec. Jurada Sup. mayor a 100m2           $   1280,00
    • Hab. con Planos Sup. menores a 100m2                $   1280,00
    • Hab. con Planos Sup. mayores a 100m2                $ 1970,00
    • Hab. con Insp. Previa Sup. menores a 100m2        $ 2365,00
    • Hab. con Insp. Previa Sup. mayores a 100m2        $ 2955,00
    • Hab. previa al func. Sup. menores a 100m2            $ 3550,00
    • Hab. previa al func. Sup. mayores a 100m2            $ 4435,00

    QUE SE INSPECCIONA?